LBR Estudio Juridico le informa:
Aumenta la tarifa a pagar del timbre de Educación y Cultura en DOCUMENTOS INSCRIBIBLES en el Registro de Personas Jurídicas pasando de la suma fija de ¢750 a ¢5,000.
Además, las sociedades y las subsidiarias de las sociedades extranjeras inscritas en el Registro Mercantil pagarán ANUALMENTE por concepto de impuesto del timbre de Educación y Cultura, según la siguiente especificación:
- Sociedades con capital neto que no exceda de ¢500.000,00, pagarán ¢5.000,00.
- Sociedades con capital neto que exceda de ¢500.000,00 pero que no pase de ¢2.000.000,00 pagarán ¢6.000,00.
- Sociedades con capital neto que exceda de ¢2.000.000,00 pero que no pase de ¢4.000.000,00 pagarán ¢12.000,00.
- Sociedades con capital neto superior a ¢4.000.000,00 pagarán ¢18.000,00.
El Ministerio de Hacienda podrá ajustar los montos a pagar como la base imponible cada TRES años y según los incrementos en el índice de inflación promedio de los tres años anteriores al ajuste.
Este impuesto es ANUAL y se paga en los meses de FEBRERO y MARZO de cada año, a partir de la declaración del Impuesto sobre la Renta presentada a través de ATV, y lo pone a su disposición por conectividad en el sitio web de los bancos autorizados, de manera que el contribuyente lo puede pagar como se paga cualquier servicio público.
MSc. Lucila Barrantes Rodríguez
Master en Derecho Empresarial